Socer Lix PATENTES Y MARCAS

El sistema Socer para garantizar que su  proyecto está en buenas manos

Signos Distintivos.


 MARCA-

Se entiende por una Marca todo signo o  medio distinga o sirva para distinguir en el mercado productos o servicios de  una persona o entidad, de los productos o servicios idénticos o similares de  otra persona (física o jurídica). (Identifica el origen empresarial de dichos  productos o servicios con un Nombre, logotipo o combinación de  ambos).

De acuerdo con el Nomenclátor  Internacional de Propiedad Industrial están divididas en 45 clases (34 de  productos y 11 de servicios) y su registro puede hacerse en una o varias de  ellas.

SE ADMITEN: denominaciones caprichosas, patronímicos, nombres de  Razones Sociales, gráficos, anagramas,  diseños tridimensionales y combinaciones de estos  elementos.

OBLIGATORIEDAD: el registro de marcas es obligatorio, como lo es el uso  de las mismas. La falta de este uso no puede extenderse en periodos de más de 5  años bajo peligro de caducidad.

DURACIÓN DE LA  PROTECCIÓN: indefinida, con periodos de  10 años renovables por otros 10.

MANTENIMIENTO: por decenios.

AMBITO DE  PROTECCION: nacional. Posibilidad de realizar el registro comunitario o internacional.


 

NOMBRE  COMERCIAL-

Es el signo o denominación que sirve para identificar  persona física o jurídica en el ejercicio de su actividad empresarial y que  distingue su actividad de las actividades idénticas o  similares.

El registro de un Nombre Comercial concede a su titular  la exclusividad de la utilización en el tráfico económico,  aspecto que no está protegido por el sólo hecho de  constituir la sociedad o inscribirla en el Registro Mercantil.

SE ADMITEN: nombres patronímicos, nombres de de fantasía y  anagramas.

OBLIGATORIEDAD: este registro sólo es obligatorio para las Agencias de  Viajes. Aconsejable para todo aquel empresario.

DURACION DE LA  PROTECCION: Igual que las marcas.  

MANTENIMIENTO: igual que las marcas.

AMBITO DE  PROTECCION: nacional.